Se publica el calendario de días inhábiles correspondiente al año 2026, para la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, a efectos de cómputos de plazos. Son días inhábiles para el cómputo de los plazos, los siguientes:
En la Administración del Estado: los sábados, los domingos y los días festivos de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no han ejercido la facultad de sustitución. A los sábados y domingos se suman, por lo tanto, como días inhábiles: 1 de enero, 6 de enero, 3 de abril, 1 de mayo, 12 de octubre, 8 de diciembre y 25 de diciembre.
En el ámbito de las Comunidades Autónomas: los días festivos determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
En las entidades locales: los días que establezcan las Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.