La solución para expertos en gestión de personas
Cuando concurre un delito continuado de fraude a la Seguridad Social en concurso medial con uno continuado de falsedad en documento oficial, se aplica la redacción legal más favorable al reo. Así, la conducta se castiga como un único delito continuado, y no como varios delitos independientes, siempre que los hechos sean conexos y cuantía del se determine en función del importe total defraudado durante cuatro años naturales (TS Penal 11-7-25, EDJ 645923).
En el caso en cuestión, se reconoce la existencia de un fraude continuado en el pago de cotizaciones y en la obtención de prestaciones sociales mediante la simulación de contratos laborales y falsificación documental.
El empresario, a través de diversas empresas en situación de insolvencia, ha presentado sistemáticamente boletines de cotización a la Seguridad Social sin abonar las cuotas correspondientes a 39 trabajadores, a pesar de contar con ingresos suficientes, manteniendo las empresas en estado de iliquidez para eludir el pago. Además, ha concertado contratos de trabajo ficticios con varias personas para que estas accedieran indebidamente a prestaciones de desempleo, maternidad y jubilación, sin que existiera una relación laboral real ni se abonaran salarios o cotizaciones. Ha utilizado documentos falsificados para obtener dichas prestaciones, que han sumado más de 74.000 euros.
Concurre la conducta típica, puesto que, además de no pagar las cuotas debidas a la Seguridad Social, se aprecia el elemento añadido de mendacidad o engaño. La actuación del acusado fue voluntaria y con ánimo de lucro, y la cuantía defraudada supera los umbrales legales.
No obstante, se corrige la sentencia de instancia al unificar la condena por fraude de prestaciones y falsedad documental en un único delito continuado, conforme a la normativa vigente más favorable al reo. De esta forma se elimina la condena separada por estafa y fraude de prestaciones, esto es, se evita la doble condena por hechos conexos.
Por todo ello, el TS concluye lo siguiente: