La solución para expertos en gestión de personas
Las ETT están obligadas a llevar el registro retributivo y efectuar la auditoría retributiva de toda su plantilla, tanto de su personal de estructura como del contratado para ser puesto a disposición de empresas usuarias.
Así lo ha resuelto la Dirección General de Trabajo (DGTr) recordando que el obligado a llevar un registro retributivo es el empresario respecto de su plantilla, esto es, respecto de los trabajadores con los que tenga un vínculo contractual. En el caso de las ETT y del personal puesto a disposición, son personas trabajadoras de la ETT pese a que la prestación efectiva de servicios se realiza en la empresa usuaria, por lo que le correspon...