portal experto RRHH

La solución para expertos en gestión de personas

novedades

25/02/2026
Huelga: ¿se puede implantar un procedimiento distinto justificar la ausencia y los descuentos en nómina según quién la convoque?

La empresa puede establecer un sistema de control por el que, a efectos del descuento salarial, se justifique que la ausencia al trabajo en un periodo coincidente con una huelga responde al seguimiento de esa convocatoria. La justificación se integra en el funcionamiento ordinario del derecho de huelga y, por sí sola, no constituye una limitación ilícita ni desproporcionada (TS 16-01-26, EDJ 503881).

En el caso en cuestión, se plantea si es válido el acuerdo del comité interempresas que fija un procedimiento distinto para registrar y descontar en nómina el tiempo de asambleas y paros según quién los convoque. Si la convocatoria procede de un órgano de representación unitaria o de la mayoría sindical, el descuento se practica de forma automática y el mánager identifica a quienes no secundan el paro para excluirles del descuento. Si la convocatoria procede de sindicatos que no alcanzan esa mayoría, el descuento no se aplica de manera automática y solo se practica respecto de los empleados cuyo seguimiento del paro es constatado por el mánager.

El sindicato demandante sostiene que esta diferencia de procedimientos obliga a quienes secundan convocatorias minoritarias a “significarse” ante la empresa, con un efecto potencialmente disuasorio, y pretende que se aplique también en esos casos la presunción de que la ausencia en el periodo convocado se debe al seguimiento del paro, sin necesidad de una verificación individual.

El TS rechaza que la necesidad de justificar una ausencia por huelga tenga, en sí misma, ese efecto disuasorio. Ante cualquier ausencia, la empresa puede pedir una explicación y, si hay convocada una huelga, basta con indicar que la causa es el seguimiento de la misma, sin que se le puedan imponer al trabajador exigencias adicionales indebidas.

En cuanto a la diferencia de procedimientos, razona que en convocatorias mayoritarias existe una base lógica para presumir que las inasistencias se deben al seguimiento del paro, lo que permite evitar comprobaciones individualizadas. En cambio, cuando la convocatoria es minoritaria, esa presunción no se sostiene del mismo modo.