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29/08/2025
No superación del período de prueba: ¿y si el trabajador está de baja médica y la empresa no tiene conocimiento?

La no superación del período de prueba no puede ser declarada nula por la mera existencia de una baja médica si la empresa no tiene conocimiento efectivo y probado de dicha incapacidad temporal al momento del cese, y no existen indicios fundados de discriminación por enfermedad en la decisión de resolver el contrato (TSJ Galicia 23-5-25, EDJ 594145).

La nulidad del despido discriminatorio exige acreditar que la extinción del contrato de trabajo se produce por una causa discriminatoria. En el caso enfermedad, no hay una nulidad automáticamente objetiva, sino casual; de modo que precisa de indicios suficientes que configuren un panorama discriminatorio.

El trabajador debe acreditar indicios fundados de discriminación por causa de enfermedad. Si lo acredita, entonces la empresa ha de aportar una justificación objetiva y razonable que excluya el móvil o causa discriminatoria como determinante del despido. Si no lo acredita, el despido que tenga por móvil o causa la enfermedad o condición de salud de la persona trabajadora ha de ser calificado como nulo.

En el caso en cuestión, el trabajador, estando en periodo de prueba, informa vía WhatsApp que se encuentra mal y no puede acudir a trabajar. El encargado le requiere un justificante médico, remitiendo entonces el trabajador el justificante en el que consta la fecha de entrada y de salida del Punto de Atención Continuada (PAC), pero sin referencia alguna a su enfermedad ni informe médico. Dos días después, y sin que el trabajador se hubiese presentado a su puesto de trabajo, la empresa le comunica la rescisión del contrato por no superación del período de prueba. En ese momento no tiene constancia de la baja médica emitida con fecha del día anterior a la rescisión.

En atención de tales circunstancias, el trabajador no aporta indicios de discriminación que justifiquen la inversión de la carga de la prueba, motivo por el cual se considera procedente el cese llevado a cabo durante el período de prueba.