portal experto RRHH

La solución para expertos en gestión de personas

novedades

24/12/2025
Publicada la revalorización de pensiones y otras medidas en materia de Seguridad Social

El RDL 16/2025 prorroga medidas de vulnerabilidad social y establece medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social. El Capítulo III regula exhaustivamente la revalorización de pensiones y prestaciones públicas para 2026, mientras que el Capítulo IV aborda medidas de empleo y el SMI, y varias disposiciones adicionales y finales afectan a cotizaciones y prestaciones por desempleo. A continuación, destacamos las siguientes:

Pensiones y Prestaciones

Las pensiones contributivas del sistema de Seguridad Social y Clases Pasivas se revalorizan un 2,7% en 2026 respecto a 2025, fijando el límite máximo inicial en 3.359,60 euros mensuales (47.034,40 euros anuales).

Se actualizan cuantías mínimas por tipo de pensión (Anexos I y II), pensiones no contributivas a 8.803,20 euros anuales, prestaciones familiares (como asignación por hijo a cargo hasta 8.942,40 euros), y complementos como el de brecha de género a 36,90 euros mensuales.

También se incrementan los subsidios por discapacidad, orfandad por violencia de género (ligada al SMI), y ayudas por VIH o grandes invalideces en regímenes especiales.

Cotizaciones de Seguridad Social

El tope máximo de cotización se fija en 5.101,20 euros mensuales para 2026, con incremento automático de bases mínimas ligado al SMI más un sexto.

Se fija el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) en 0,90% (0,75% empresa, 0,15% trabajador).

La cuota adicional de solidaridad se determina aplicando porcentajes que van del 1,15% al 1,46% según tramos retributivos.

Para los trabajadores autónomos (RETA), se prorrogan tablas de 2025 con actualización de bases máximas en tramos 11-12, y el reintegro del 50% de exceso en pluriactividad sobre 17.323,68 euros.

Prórroga del SMI

Se prorroga el RD 87/2025, fijando el SMI de 2025 hasta aprobación del de 2026 (1.184 euros/mes o 16.576 euros/año en 14 pagas).

Prohibición de despedir

Se mantiene hasta el 31-12-2026 la prohibición para las empresas con ayudas públicas de justificar despidos objetivos por costes energéticos. El incumplimiento conlleva la obligación de reintegrar las ayudas.

Asimismo, aquellas que utilicen las causas relacionadas con la invasión de Ucrania para acogerse a medidas de reducción de jornada o suspensión del contrato de trabajo (ET art. 47) y que se beneficien de apoyo público, no pueden utilizar estas causas para realizar despidos.

Bomberos forestales y agentes forestales/medioambientales

Se establece una cotización adicional del 10,60% (8,84% empresa, 1,76% trabajador) para estos colectivos con coeficiente reductor de jubilación.

Tarifa de primas

Se incorpora a la LGSS la tarifa de primas CNAE-2025 para cotización por accidentes de trabajo/enfermedades profesionales, y se regula la transición de la CNAE 2009 a la CNAE 2025.

IRPF y desempleo

Se suprime la obligación de presentar anualmente la declaración de IRPF para beneficiarios de prestaciones por desempleo (LGSS art.271.1.k y 299.1.k).

Jubilación médicos de familia/pediatras

Se prorroga la compatibilidad pensión jubilación-trabajo para médicos de familia/pediatras hasta 2026.

Entrada en vigor

El RDL entra en vigor el 25-12-2025. No obstante, para el capítulo relativo a las pensiones su entrada en vigor se establece para el 1-1-2026, y determinadas modificaciones, desde el 29-12-2025.

RDL 16/2025, BOE 24-12-25