La solución para expertos en gestión de personas
El ET establece 14 días al año como periodos de descanso retribuidos y no recuperables. En cualquier caso deben respetarse como fiestas de ámbito nacional: el 1 de enero (Año Nuevo), el 1 de mayo (Fiesta del Trabajo), el 12 de octubre (Fiesta Nacional de España) y el 25 de diciembre (Natividad del Señor). Junto con estas fiestas se fijan cada año, los festivos nacionales no sustituibles.
Para el año 2022, las CCAA deben respetar las siguientes fiestas nacionales no sustituibles:
Respecto del 6 de enero, a pesar de ser una fiesta nacional sustituible, esta facultad no ha sido utilizada por ninguna de ellas, siendo festivo en todas las CCAA.
Dentro del límite anual de 14 días festivos, cada CCAA puede señalar aquellas fiestas que por tradición le sean propias, sustituyendo para ello las de ámbito nacional y trasladar a lunes los festivos que coincidan en domingo.
Por su parte, cada municipio puede celebrar hasta 2 fiestas locales anuales, que se publican en el boletín oficial de la correspondiente provincia o comunidad autónoma.