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01/12/2021
¿Puede ser procedente el despido disciplinario de una embarazada?

Ante un incumplimiento suficientemente grave y culpable, el despido de una embarazada puede ser declarado procedente por motivos no relacionados con el embarazo  (TSJ Valladolid 30-6-21, EDJ 670385).

El TSJ estima acreditado que la trabajadora defrauda reiteradamente a la empresa acudiendo a trabajar a otro empleo en horario de trabajo, pretendiendo justificar su ausencia con un parte médico que obtiene a la vuelta de ese otro trabajo en otra localidad. Además, falta a la verdad cuando dice que no ha acudido a trabajar por estar enferma y transgrede la buena fe cuando intenta justificar la ausencia al trabajo para ir a trabajar en otra empresa. Estas actuaciones se consideran por el TSJ un fraude que claramente merece la calificación de transgresión de la buena fe contractual.

La situación de embarazo de la trabajadora no justifica tal actuar, ya que lo censurable no es que esté de baja, sino que sin estarlo no acuda a su puesto de trabajo -situado además en la localidad donde vive- y sí viaje y acuda al trabajo en otra localidad.

En consecuencia, el despido no es nulo sino procedente por transgresión de la buena fe contractual de forma grave y culpable.