La solución para expertos en gestión de personas
A pesar de que el convenio colectivo lo tipifica como una falta leve, una única falta de asistencia al trabajo puede justificar el despido disciplinario cuando implica una desobediencia a las órdenes del supervisor y provoca, además, perjuicios económicos a la empresa (TSJ Aragón 10-3-25, EDJ 535747).
El trabajador presta servicios para una empresa de automoción desde finales de 2021. Solicita un día de asuntos propios que le es denegado por necesidades organizativas y productivas de la empresa. A pe...