La solución para expertos en gestión de personas
Para que sea obligatoria la entrega de una silla ergonómica como medida de prevención a los teletrabajadores debería acreditarse que la prestación de trabajo a distancia implica para todos ellos un riesgo ergonómico con carácter general (AN 3-10-23, EDJ 708674).
UGT presenta demanda de conflicto colectivo solicitando que se declare la obligación de la empresa de facilitar al personal que presta servicios en la modalidad de teletrabajo, la silla ergonómica que sí proporciona a los trabajadores que prestan su servicio de manera presencial.
La AN desestima la demanda por los siguientes motivos: