La solución para expertos en gestión de personas
El 31-3-2024 finaliza el plazo excepcional para comunicar las altas y bajas de las prácticas no remuneradas producidas entre el 1 de enero y el 20 de marzo. A partir de esta fecha, el plazo para comunicar las altas y bajas es de 10 días naturales desde el inicio o finalización de las prácticas (RDL 8/2023 disp.tran.10ª).
Por otra parte, la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS) ha publicado el criterio interpretativo 3/2024 con el fin de unificar y despejar todas las dudas manifestadas en cuanto a la interpretación de la DA 52ª TRLGSS. En dicho criterio se refunde el 11/2023, de 5 de julio, y sus sucesivas ampliaciones.