La solución para expertos en gestión de personas
Aunque la aprobación de un plan de igualdad en empresas sin RLT requiere que la empresa comunique su intención a los sindicatos más representativos, si los sindicatos no responden al requerimiento en 10 días el TSJ entiende que la empresa puede elaborar y aprobar el plan a través de una comisión ad hoc. Considera que la empresa no tiene la obligación de remitir sucesivos requerimientos al no estar previsto ni legal ni reglamentariamente ya que supondría reconocer a los sindicatos la posibilidad de bloquear indefinidamente la aprobación del plan.
El 18-10-2020 la empresa inicia los trámites para la negociación e implantación de un plan de igualdad. A ...