La solución para expertos en gestión de personas
Desde el 21-12-2023 se modifica prioridad aplicativa de los convenios colectivos sectoriales negociados en el ámbito de una CCAA por sindicatos y asociaciones empresariales, que tengan la condición de más representativos sobre los convenios de ámbito estatal (ET art.84. 3 y 4).
Para ello, se requiere que los convenios o acuerdos obtengan el respaldo de las mayorías exigidas para constituir la comisión negociadora en la correspondiente unidad de negociación y que su regulación resulte más favorable que la fijada en los convenios o acuerdos estatales.
No obstante, se consideran no negociables en este ámbito las siguientes materias:
RDL 7/2023 art.1.dos, BOE 20-12-23
NOTA: El RDL ha sido derogado tras su no convalidación, por lo que las medidas, como esta, que sí llegaron a entrar en vigor, dejan de estar vigentes y sus efectos se limitan hasta el 10-1-2024.