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22/07/2024
¿Es válida la comunicación del despido mediante correo electrónico certificado?

El TSJ Cataluña declara la improcedencia del despido objetivo por ineptitud sobrevenida comunicado por correo electrónico certificado si la persona trabajadora no ha aceptado la dirección utilizada para para recibir correspondencia de la empresa y, además, tampoco se le ha comunicado personalmente la calificación de no apta emitida por el servicio de prevención (TSJ Cataluña 10-4-24, EDJ 586546).

El TSJ Cataluña recuerda que la normativa establece como requisito formal del despido por causas objetivas la comunicaci...