La solución para expertos en gestión de personas
La TGSS publica el BNR 3/2024, del que cabe destacar, entre otras cuestiones, lo siguiente:
Recuerda que el 30-1-2024 se publicó en el BOE la OM PJC/51/2024, que desarrolla las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2024.
La cotización al Régimen General por contingencias comunes está limitada para cada grupo de categorías profesionales por las bases mínimas y máximas siguientes:
Grupo de Cotización | Categorías Profesionales | Bases mínimas
euros/mes |
Bases máximas
euros /mes |
1 | Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores | 1.759,50 |
4.720,50 |
2 | Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados | 1.459,20 | 4.720,50 |
3 | Jefes Administrativos y de Taller | 1.269,30 | 4.720,50 |
4 | Ayudantes no Titulados | 1.260,00 | 4.720,50 |
5 | Oficiales Administrativos | 1.260,00 | 4.720,50 |
6 | Subalternos | 1.260,00 | 4.720,50 |
7 | Auxiliares Administrativos | 1.260,00 | 4.720,50 |
Grupo de Cotización | Categorías Profesionales | Bases mínimas
euros/día |
Bases máximas
euros /día |
8 | Oficiales de primera y segunda | 42,00 | 157,35 |
9 | Oficiales de tercera y Especialistas | 42,00 | 157,35 |
10 | Peones | 42,00 | 157,35 |
11 | Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional | 42,00 |
157,35 |
Además, se reproduce el articulado de la citada OM relativo a la cotización de: