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12/05/2021
Riders: publicada la modificación del ET para los repartidores a domicilio en plataformas digitales

Publicado el RDL 9/2021 que modifica el ET para de garantizar los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de plataformas digitales:

  1. Se presume la laboralidad de las actividades retribuidas de reparto o distribución de cualquier producto de consumo o mercancía, cuando la empresa ejerce sus facultades de organización, dirección y control, mediante la gestión algorítmica del servicio o de las condiciones de trabajo, a través de una plataforma digital (ET disp.adic.23).
  2. Se reconoce el derecho del comité de empresa a ser informado por la empresa de los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y mantenimiento del empleo, incluida la elaboración de perfiles (ET art.64.d).

Estas modificaciones entran en vigor a los 3 meses de su publicación en el BOE, es decir, el 12- 8-2021.