La solución para expertos en gestión de personas
Para que el informe del servicio de prevención ajeno que declara al trabajador no apto constituya medio de prueba válido para acreditar la existencia de una ineptitud sobrevenida causante de despido, es necesario que identifique con precisión las limitaciones y su incidencia sobre las funciones desempeñadas (TSJ Aragón 20-3-23, EDJ 569190).
Un trabajador es despedido por ineptitud sobrevenida al haber sido declarado no apto por el servicio de prevención ajeno en el reconocimiento médico efectuado después de finaliza...