La solución para expertos en gestión de personas
En supuestos de sucesión temporal fraudulenta, una interrupción de 3 meses y 18 días no rompe la unidad esencial del vínculo laboral a efectos de determinar la antigüedad del trabajador para calcular la indemnización por despido improcedente (TS unif. doctrina 23-1-24, EDJ 503286).
En el supuesto enjuiciado, entre el 1-9-2014 y hasta el 30-9-2019, fecha de finalización por despido improcedente del último contrato, se celebraron entre las partes un total de 34 contratos temporales de distinta duraci...