La solución para expertos en gestión de personas
Constituye despido nulo la extinción automática del contrato del trabajador al que se le reconoce una IPT, sin que la empresa realice un estudio para determinar la posibilidad hacer ajustes razonables para el mantenimiento del empleo, ni acredite que tales ajustes sería una carga excesiva, desproporcionada o indebida. Para el TSJ Murcia, a diferencia de otros tribunales, la nulidad opera de forma objetiva, no siendo preciso que se solicite en la demanda (TSJ Murcia 20-2-24, EDJ 533079;