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15/01/2025
Publicada la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025)

El RD 10/2025, con entrada en vigor el 16-1-2025, establece la nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025), actualizando la clasificación anterior para reflejar los cambios económicos y tecnológicos desde 2009, y asegurando la coherencia con las normativas estadísticas europeas e internacionales.

Estos cambios incluyen la globalización, la digitalización y una mayor concienciación sobre el impacto ambiental, lo que ha dado lugar a nuevas actividades económicas y la evolución de las existentes. La CNAE-2025 busca reflejar estas transformaciones, permitiendo a las empresas, entidades financieras, gobiernos y otros operadores del mercado disponer de datos fiables y comparables a nivel nacional e internacional.

La norma no incluye cláusulas derogatorias, en particular, en referencia con la CNAE-2009, pues la validez de esta para datos ya recogidos se mantiene para diversos aspectos de las estadísticas oficiales. Para fines estadísticos es precisa la convivencia en el uso de ambas versiones de la clasificación durante un tiempo. Para fines no estadísticos deberán promulgarse disposiciones normativas sectoriales que indiquen la versión de la clasificación que deberá usarse en cada caso.

Sí incluye la obligación de comunicar la codificación de la variable actividad económica de las unidades económicas comprendidas en los registros administrativos de la TGSS, que se utilizan para la generación de dicha variable del Directorio Central de Empresas del INE según la CNAE-2025, entre el 1-3-2025 y el 30-6-2025 (art.6.a).

Además, los sujetos responsables de la obligación del ingreso de las cuotas de la Seguridad Social deben comunicar a la TGSS, conforme a los procedimientos que esta establezca, la variable actividad económica según la CNAE-2025, en los plazos siguientes (disp.adic.única):

  1. Sujetos responsables existentes: aquellos que ya consten en los registros a fecha de 16-1-2025, deben comunicar la codificación antes del 30-6-2025.
  2. Nuevos sujetos responsables: los que se incorporen a dichos registros a partir del 16-1-2025, deben comunicarla en el momento de su incorporación.
  3. Ambos: todos los sujetos responsables mencionados también deben comunicar la codificación de la variable actividad económica conforme a la CNAE-2009 para el periodo comprendido entre el 16-1-2025 y la entrada en vigor de la legislación de la Seguridad Social que establezca la tarifa de primas -para la cotización por accidente de trabajo y enfermedad profesional- adaptada a la CNAE-2025.

NOTA: Para facilitar su difusión y aplicación, el INE ha elaborado diversos documentos explicativos en los que se recogen, entre otras cuestiones, los principales cambios producidos en el CNAE-2025 respecto al CNAE-2009.

RD 10/2025, BOE 15-1-2025