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01/04/2022
Activado el Mecanismo RED para el sector de las agencias de viajes

Activado, por primera vez, el Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo para el sector de las agencias de viaje. La activación permite a las empresas del sector con CNAE -2019 7911, 7912 y 7990 solicitar a la autoridad laboral la aplicación de las medidas de reducción temporal de jornada (de entre un 10% y un 70%) o, si esta no resulta viable, la suspensión de los contratos de trabajo.

Las solicitudes pueden presentarse entre el 1 de abril y el 31 de diciembre de 2022, ante la autoridad laboral de forma simultánea a la comunicación de apertura del periodo de consultas. La autoridad laboral debe dictar la resolución en el plazo de 7 días naturales a partir de la comunicación de la conclusión del periodo de consultas pudiendo darse los siguientes supuestos:

  • Si el período de consultas concluye con acuerdo: la autoridad laboral autoriza la aplicación del mecanismo.
  • Si concluye sin acuerdo: la autoridad laboral estima la solicitud si, de la documentación aportada, deduce que concurre la situación sectorial. En caso contrario la desestima.
  • Si no hay pronunciamiento expreso: se autoriza la medida.

La autorización permite acceder a los siguientes beneficios:

  • Los trabajadores afectados pueden acceder a la prestación del Mecanismo RED. En este caso, la entidad gestora asume la aportación del trabajador, previo descuento de su importe de la prestación.
  • Exoneración en la cotización de las personas trabajadoras del 40% durante todo el periodo de aplicación de las medidas. Se exige para ello un compromiso de mantenimiento del empleo y desarrollar acciones formativas dirigidas a la recualificación del personal afectado por las medidas.

Durante la aplicación de las medidas, se prohíbe la realización de horas extraordinarias, de nuevas externalizaciones y de nuevas contrataciones laborales.

El Mecanismo RED perderá vigencia y efectos el 31-12-2022 con independencia de la fecha en que la empresa haya presentado la solicitud.

OM PCM 250/2022, BOE 1-4-22