La solución para expertos en gestión de personas
No es válido el pacto de no competencia postcontractual que establece una compensación económica manifiestamente insuficiente (1,76% del salario mensual) para compensar el sacrificio que le supone al trabajador no poder dedicarse a su actividad profesional durante 2 años a partir de la extinción del contrato, y desproporcionada en cuanto a la indemnización que ha de abonar en caso de incumplimiento (salario de los últimos 6 meses) (TS unif doctrina 18-10-21, EDJ 720929).
Desde el 21-5-2009, el trabajador ha venido prestando servicios...