portal experto RRHH

La solución para expertos en gestión de personas

novedades

23/04/2021
Derogado el delito de coacción a la huelga

La LO 5/2021 suprime, desde el 24-4-2021, el CP art.315.3 que establece que quienes actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga, serán castigados con la pena de prisión de 1 año y 9 meses hasta 3 años o con la pena de multa de 18 a 24 meses.

Se deroga así la forma agravada de coacciones, puesto que el delito genérico de coacciones ya protege de manera adecuada la libertad de no hacer huelga (CP art.172.1).

La norma incluye una disposición transitoria por la que se encomienda a los jueces o tribunales la revisión de las sentencias firmes dictadas de conformidad con la legislación que se deroga.