La solución para expertos en gestión de personas
Desde el 31-12-2021, el contrato indefinido adscrito a obra sustituye al contrato temporal de obra regulado en el convenio colectivo. La nueva regulación contempla la extinción del contrato por motivos inherentes a la persona trabajadora, encomendando a la negociación colectiva el desarrollo convencional de determinados aspectos que se han incluido en el CCol General del Sector de la Construcción:
a) Se regula el proceso de formación para la recolocación a la finalización de la obra a la que estaba adscrito el trabajador estableciendo lo siguiente: