La solución para expertos en gestión de personas
La aceptación por parte del trabajador del prorrateo mensual de las pagas extraordinarias, a pesar de la prohibición expresa contenida en convenio colectivo, exime al empresario de su obligación de abonarlas de nuevo en las fechas previstas. El incumplimiento de las disposiciones convencionales podrá sancionarse en vía administrativa, pero no puede justificar un enriquecimiento injusto para el trabajador (TS unif.doctrina 18-5-22, EDJ 596238).
El trabajador presta servicios en un centro residencial para la tercera edad en virtud de un ...