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30/08/2022
Extinción del contrato de relevo por denegación de la jubilación parcial del relevado

Debe articularse por los trámites del despido objetivo la extinción de un contrato de relevo suscrito por tiempo indefinido y a tiempo completo cuando el INSS deniega la jubilación parcial anticipada al trabajador sustituido y esto genera un exceso de plantilla (TS  22-7-22, EDJ 645927).

En el caso en cuestión, ante la por la denegación por parte del INSS del reconocimiento de la jubilación parcial del trabajador relevado por no reunir los requisitos legales, la empresa extingue la relación laboral del trabajador relevista, sin abonarle indemnización alguna. El relevista interpuso demanda de despido.

El TS afirma que, aunque el contrato de relevo se concierta con la finalidad de sustituir a un trabajador que va a jubilarse anticipadamente, ello no supone que la denegación por el INSS de la pensión, lo que implica que la reducción de su jornada se queda sin efecto, conlleve la extinción de la relación laboral del relevista sin derecho a indemnización alguna. La denegación de la pensión de jubilación no conlleva necesariamente, y de forma automática, que el empleador esté obligado a extinguir el contrato de trabajo del relevista. Además, debe tenerse en cuenta que el contrato no condicionó la subsistencia de la relación laboral a la concesión de la pensión de jubilación anticipada al trabajador relevado. Es posible que se necesite la prestación de servicios a tiempo completo de ambos trabajadores y puedan coexistir el contrato de trabajo del relevista y del trabajador sustituido. Si no es así, la empresa debe extinguir el contrato del trabajador relevista.

Así pues, si se suscribe un contrato por tiempo indefinido sin ninguna condición relacionada con la jubilación del trabajador relevado, no cabe extinguir dicho contrato sin indemnización, por una causa ajena a su voluntad consistente en la denegación por el INSS de la pensión de jubilación al trabajador relevado. Por todo ello, la extinción de un contrato de relevo debido a la denegación de la jubilación del trabajador sustituido que genera un exceso de plantilla, debe articularse por los trámites del despido objetivo.