La solución para expertos en gestión de personas
La posibilidad de compensación económica de las vacaciones no disfrutadas es un derecho económico excepcional y adicional al de disfrute, cuando su ejercicio deviene imposible por causa ajena a la voluntad del trabajador. En tal caso, la compensación lo es de la suma correlativa a todos los periodos de IT en los que resultó imposible tal ejercicio, y no solo a los de los últimos 18 meses (TS 15-9-22, EDJ 695049).
El TS recuerda que la ley solo permite que el derecho a vacaciones anuales retribuidas sea sustituido por una compe...