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02/12/2025
Huelga parcial: ¿corresponde hacer descuentos salariales a los trabajadores designados en servicios mínimos?

Los trabajadores designados para realizar servicios mínimos durante una huelga tienen derecho a percibir la totalidad de su salario, independientemente de si realizaron o no trabajo efectivo durante todo el período de huelga, dado que su contrato no se suspende y permanecen a disposición de la empresa (TS 18-9-25, EDJ 708878).

El sindicato que convoca la huelga pide que se declare el derecho de los trabajadores designados para realizar los servicios mínimos durante unas huelgas parciales, a percibir la totalidad del salario, con independencia de si realizaron o no trabajo efectivo durante todo el periodo de huelga.

La huelga se convoca en cuatro franjas horarias durante varios días y para esos días, la autoridad laboral había fijado servicios mínimos, para las mismas franjas horarias, que la empresa asignó a determinados trabajadores. Los trabajadores designados por la empresa realizaron los servicios mínimos, pero la empresa procede al descuento de parte del salario porque, explica, durante el período en que realizaron los servicios mínimos, los trabajadores no realizaron trabajo efectivo durante todo el turno.

El TS confirma la sentencia de instancia y recuerda que no procede el descuento de salario a los trabajadores en servicios mínimos, con independencia de que haya trabajo efectivo o no, pues esos trabajadores están a disposición del empresario sin poder secundar la huelga y su contrato no está suspendido. Además, considera inadecuados los criterios utilizados por la empresa para efectuar los descuentos a los trabajadores designados como servicios mínimos:

  • Obtención de datos indebida y no probada; el único criterio para aplicar el descuento es que el trabajador habría manifestado su voluntad de secundar la huelga, sin que la empresa haya probado que el trabajador no prestó servicios por ese motivo.
  • Presunción de que como no circuló determinado tren fuera de la franja horaria de huelga, el trabajador secundó la huelga, dado que una persona destinada a servicios mínimos no puede ejercer su derecho de huelga en las franjas horarias en que no hay convocada huelga.

Con estas circunstancias, en un contexto de huelga parcial, se desprende que los descuentos operados a trabajadores en servicios mínimos no se ajustaron a criterios legales.