La solución para expertos en gestión de personas
El disfrute del descanso del bocadillo es un derecho que pertenece en exclusiva al trabajador y queda preservado de toda posible intromisión unilateral por parte del empresario. No puede, por lo tanto, hacerse depender su disfrute de la situación en que se encuentre la actividad de la empresa (AN 16-9-21, EDJ 695144).
La AN recuerda que la