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28/05/2021
Publicada la prórroga de los ERTE COVID-19 hasta el 30 de septiembre

Publicado el RDL 11/2021 sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos. La norma incluye cuestiones como las siguientes:

  1. Prórroga automática de los ERTE por fuerza mayor hasta el 30-9-2021.
  2. Prórroga automática de los ERTE por impedimento de actividad hasta el 30-9-2021, sin necesitad de tramitar un nuevo ERTE. A partir del 1-6-2021 y durante los periodos de cierre se prevé la aplicación de exoneraciones en función del número de trabajadores en plantilla a 29-2-2020.
  3. Prórroga automática de los ERTE por limitación de la actividad hasta el 31-5-2021, igualmente, sin necesitad de tramitar un nuevo ERTE. A partir del 1-6-2021 y durante los periodos de cierre se prevé la aplicación de exoneraciones en función del número de trabajadores en plantilla a 29-2-2020.
  4. Hasta el 30-9-2021 se mantiene la regulación de los ERTE ETOP establecida por el RDL 30/2020 art.3. Como en la prórroga anterior, entre las especialidades incluidas se prevé que su tramitación pueda iniciarse mientras esté vigente un ERTE fuerza mayor.
  5. Empresas con elevada tasa de cobertura por ERTE y reducida tasa de actividad. Se prevén exoneraciones para las empresas que pertenezcan a estos sectores. Se incluye un nuevo listado de actividades que añade nuevos sectores y elimina otros. La norma incluye exoneraciones a las empresas incluidas en el listado, tanto si reincorporan a trabajadores como si los mantienen en ERTE.
  6. Se regula la posibilidad de tramitar nuevos ERTE de limitación o impedimento de actividad y el paso de ERTE de limitación a impedimento o viceversa. Ambos ERTES pueden recibir exoneración en las bonificaciones.
  7. Se prorroga, de nuevo, el plan MECUIDA hasta el 30-6-2021
  8. Se mantienen las limitaciones reguladas en el RDL 2/2021, entre ellas la cláusula de salvaguarda del empleo que obliga a las empresas que hayan recibido exoneraciones de cuotas mantener el empleo en los 6 meses siguientes. También se mantienen hasta el 30-9-2021 las medidas de protección al empleo, entre ellas el conocido como “prohibido despedir”.
  9. Se amplía hasta el 30-9-2021 la protección por desempleo de los trabajadores afectados por ERTE derivados del COVID-19. Hasta entonces se puede acceder a la prestación por desempleo sin necesidad de acreditar la carencia mínima y sin que consuma prestaciones futuras. También se prorrogan las prestaciones por desempleo de los fijos discontinuos.
  10. Se regula la situación de los trabajadores fijos discontinuos o que realicen trabajos fijos y periódicos que se repitan en fechas ciertas cuyo llamamiento deba producirse entre el 1-6-2021 y el 30-9-2021. Se diferencia según haya sido o no posible su reincorporación a la actividad. Asimismo, se extiende la prestación extraordinaria por desempleo a los fijos discontinuos en caso de que el periodo teórico de llamamiento no esté comprendido en este periodo, una vez finalizado este y durante las interrupciones ordinarias de actividad en los casos en que haya reincorporación efectiva.
  11. Se establece una nueva bonificación para los empleadores que contraten de manera indefinida a personas con capacidad intelectual límite. La cuantía es de 125 €/mes durante 4 años (1.500 €/año). Estas bonificaciones se suman a las ayudas ya previstas por el RD 368/2021 para fomentar el empleo de las personas con capacidad intelectual límite.