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novedades

29/09/2021
Publicada la conocida como «Ley rider»

Se publica la Ley 12/2021, con entrada en vigor el 30-9-2021. La norma es el resultado de la tramitación parlamentaria como proyecto de ley del RDL 9/2021, por el que se reguló la presunción de laboralidad de las actividades de reparto en el ámbito de plataformas digitales. La ley reproduce, sin modificar, el contenido del RDL 9/2021.

  1. Se presume la laboralidad de las actividades retribuidas de reparto o distribución de cualquier producto de consumo o mercancía, cuando la empresa ejerce sus facultades de organización, dirección y control, mediante la gestión algorítmica del servicio o de las condiciones de trabajo, a través de una plataforma digital (ET disp.adic.23).
  2. Se reconoce el derecho del comité de empresa a ser informado por la empresa de los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y mantenimiento del empleo, incluida la elaboración de perfiles (ET art.64.d).