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29/09/2021
Publicada la prórroga de los ERTE

El RDL 18/2021, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado, prorroga hasta el 28-2-2022 los beneficios de los ERTE. En esta ocasión, el mecanismo de los ERTE promueve la formación para recapitalizar las personas trabajadoras y mejorar su empleabilidad. Las empresas que cuenten con acciones formativas podrán acceder a mayores exenciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.

La norma traslada el VI Acuerdo Social en Defesa del Empleo alcanzado entre la Vicepresidencia tercera y Ministerio de Trabajo y Economía Social; el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones; las organizaciones sindicales CCOO y UGT y las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME.

Modalidades actuales

Se prorrogan los ERTE en sus modalidades actuales hasta el 31-10-21.

Para mantener su duración más allá de esta fecha, es obligatorio solicitar la prórroga ante la autoridad laboral entre el 1-10-21 y el 15-10-21.

Nuevas modalidades

Las nuevas modalidades de ERTE -por impedimento o por limitaciones a la actividad normalizada y tránsito entre ambos- se extienden desde el 1-11-2021 hasta el 28-2-2022.

Se trata de ERTE previstos para empresas y entidades afectadas por nuevas restricciones y medidas de contención sanitaria vinculadas a la COVID-19, que sean adoptadas por las autoridades competentes entre el 1-11-2021 y el 28-2-2022.

ERTE de formación

Se incentiva la formación en los nuevos ERTE, subvencionando el grueso del coste de la formación y aplicando exoneraciones a las empresas que formen a sus trabajadores en ERTE.

Las empresas que formen a personas afectadas por este tipo de ERTE tienen derecho al incremento del crédito para la financiación para actividades formativas, en función de su tamaño.

Exoneraciones

Los beneficios, en forma de exoneración de las cotizaciones a la Seguridad Social y con ayudas a la formación, son mayores en función del tamaño de la empresa y de las acciones formativas.

Protección de las personas trabajadoras

Los trabajadores acogidos a ERTE siguen contando con la exención del periodo de carencia para el acceso a la prestación por desempleo. También del denominado “contador a cero” que se amplía de manera extraordinaria hasta el 1-1-2023.

Las bases reguladoras de las personas trabajadoras, sobre las que se calculan las prestaciones, se incrementan del 50 al 70% para las personas beneficiarias que hayan consumido 180 días.

Se mantienen los beneficios para las personas afectadas por ERTE con contrato a tiempo parcial y la prestación extraordinaria para las personas fijas discontinuas.

Limitaciones

Se mantienen los límites relativos a las siguientes cuestiones:

  • reparto de dividendos;
  • acceso a las ayudas a las empresas domiciliadas en paraísos fiscales;
  • prohibición de horas extraordinarias;
  • externalización de la actividad;

Además, durante el periodo de vigencia de la norma:

  • se extiende la prohibición del despido;
  • se interrumpe el cómputo de la duración máxima de los contratos temporales para las personas acogidas a ERTE.

Mantenimiento del empleo

Se fija un nuevo periodo adicional de 6 meses para el compromiso de mantenimiento del empleo.

ERTE específico para Canarias 

Se aprueban ERTE específicos para las empresas afectadas por la erupción del volcán Cumbre Vieja en la isla de La Palma y en el conjunto de las Islas Canarias. Se fija la exoneración de hasta el 100% de las cotizaciones sociales en el caso de ver totalmente impedida su actividad y de hasta el 90% en el caso de limitación de la actividad.