La solución para expertos en gestión de personas
Las principales cuestiones sobre las que BNR 4/2024 viene a dar respuesta son:
1. Salario Mínimo Interprofesional para 2024.
Pese a la publicación del SMI con efectos retroactivos a 1 de enero de 2024 (RD 145/2025), se indica que no se pueden informar las bases mínimas de cotización hasta que no se publique la Orden modificadora de la actual Orden de cotización para 2024. Se insiste en la necesidad de que no se presenten liquidaciones complementarias para evitar duplicidades posteriores.
La TGSS informará la fecha a partir de la cual, una vez publicada la correspondiente Orden, procederá a aplicar las nuevas bases de cotización mínimas. Hasta entonces, las bases seguirán siendo las establecidas en la actual Orden de cotización.
2. Prácticas formativas remuneradas iniciadas antes del 1-1-2024 (LGSS disp.adic.52ª).
3. Prácticas formativas: personas en alta o asimilada en otro régimen y beneficiarios de IP o jubilación.
Se debe comunicar el alta y la baja, así como en el caso de las prácticas formativas no remuneradas, el número de días de prácticas formativas, de la persona que realice las prácticas formativas conforme al procedimiento establecido en la LGSS disp.adic.52ª.
Llegado el momento de la liquidación de cuotas, la TGSS va a resolver atendiendo a la información disponible en su sistema y a la proporcionada por el INSS y el SEPE.
4. Sistema Nacional de Garantía Juvenil (RDL 1/2023).
A partir del 1-3-2024, para tener acceso a las bonificaciones de cuotas, no va a ser necesario aportar a través de CASIA la documentación acreditativa de la inscripción y la de ser beneficiario SNGJ de baja cualificación que van a ser informadas automáticamente por el SEPE en el momento de la solicitud del alta o, en su caso, corrección de la misma.
El boletín establece cuáles van a ser las fases para implementar este cambio en función de la fecha en la que se haya presentado el alta.
5. Bonificaciones a la contratación en determinados sectores de actividad y ámbitos geográficos (RDL 1/2023 art.31).
6. Permiso parental (ET art.45.1.o y 48 bis).
Ya se encuentra implantado el valor 20-PERMISO PARENTAL TIEMPO COMPLETO- del campo TIPO DE INACTIVIDAD para la identificación del disfrute del permiso parental.
7. Personas trabajadoras desplazadas al extranjero al servicio de empresas que ejercen sus actividades en territorio español (OM ISM/835/2023 art.3.c y 5).
Próximamente va a estar disponible la anotación de las Situaciones Adicionales de Afiliación para la identificación de los supuestos relativos a la situación asimilada a la de alta que derive del agotamiento del periodo máximo de duración previsto para al desplazamiento, incluidas las prórrogas autorizadas; y cuando la situación asimilada a la de alta derive de la denegación de la prórroga solicitada tras el agotamiento del periodo inicial de desplazamiento.
El boletín aclara cuestiones relativas a la entrada en vigor y exclusiones en la cotización, al acuerdo de vinculación voluntaria y a los desplazamientos iniciados a partir o con anterioridad de la entrada en vigor de la OM ISM/835/2023.
8. Nueva funcionalidad.
En breve va a estar disponible una nueva funcionalidad a través de la modalidad online, que permite consultar la información de la Base de datos de Empresa, así como de las personas vinculadas a la misma.