La solución para expertos en gestión de personas
Cuando una empresa abona salarios inferiores a los legal o convencionalmente establecidos, la conducta, aunque sea intencionada y masiva, se califica como infracción grave y no como muy grave. La infracción muy grave está prevista para los supuestos en los que se acredite un impago total o retrasos reiterados de suficiente gravedad (TS 3-4-25, EDJ 548095).
Una ETT contrata y pone a disposición de diversas empresas a 4.039 trabajadores para labores de recolección agrícola en la provincia de Valencia entre septiembre de 2018 y...