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El RDL 1/2023 revisa las subvenciones y bonificaciones a la contratación laboral, unificando y simplificado los incentivos a la contratación y requisitos de las empresas beneficiarias que, hasta entonces, estaban contenidos en diversas normas. A los incentivos a la contratación inicial o la transformación de contratos temporales suscritos antes de esa fecha, así como a otras bonificaciones en la cotización y otras medidas iniciadas antes de esa fecha, se les aplica la normativa vigente a la fecha de su celebración.
Los incentivos a la contratación se focalizan en los contratos indefinidos celebrados con personas de atención prioritaria, así como en la transformación de determinados contratos temporales en indefinidos y la contratación directamente vinculada a la conciliación. Para la contratación a tiempo parcial, las cuantías se reducen proporcionalmente en función de la jornada establecida, no incentivándose jornadas parciales inferiores al 50% de la jornada a tiempo completo de una persona trabajadora, salvo en los supuestos de permisos por conciliación.
La nueva regulación unifica aspectos relativos a las cuantías de las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social. De esta manera, en el caso de las bonificaciones destinadas a promover la contratación laboral, se establece una cuantía de bonificación por cada mes natural completo, así como la fórmula para calcular el importe de la bonificación aplicable cuando la persona trabajadora no figure de alta durante todo ese mes.
En el BNR 11/2023, la TGSS da instrucciones y establece las condiciones para la aplicación en el sistema RED de estas nuevas bonificaciones.
RDL 1/2023