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09/05/2022
Teletrabajo y COVID-19: actualizado, de nuevo, el procedimiento de actuación para los SPRL

La última actualización del Procedimiento de actuación para los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales (SPRL) frente a la exposición al SARS-CoV-2, elaborado por el Ministerio de Sanidad, añade un modelo de informe para que quede acreditada la indicación de teletrabajo.

En concreto, para las situaciones en que pueda proceder la emisión del parte de IT derivado de infección por COVID-19, el servicio sanitario del servicio de prevención debe elaborar un informe que acredite la indicación de teletrabajo o IT en los supuestos siguientes:

  • Persona trabajadora contacto estrecho.
  • Persona trabajadora con síntomas compatibles.
  • Persona trabajadora caso confirmado.
  • Personas trabajadoras con especial sensibilidad en relación a la infección de coronavirus SARS-CoV2.

En todo caso, es imprescindible confirmar el diagnóstico con PDIA positiva.

Este nuevo modelo se recoge en punto 5 del Anexo I.

Además, se modifica el apartado 3.3 de medidas de protección personal y se hace una precisión en el apartado 7 de colaboración en la gestión de la IT.

Descargar: Procedimiento de actuación para los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2