La solución para expertos en gestión de personas
Se considera que no es un incumplimiento grave, injustificado y transcendente, la negativa de un trabajador a realizar un viaje de trabajo por ser paciente de riesgo a la infección por COVID-19, a pesar de no haberlo comunicado previamente a la empresa (TSJ Galicia 1-2-21, EDJ 523466).
La empresa, dedicada al transporte, comunica a uno de sus conductores que debe realizar un transporte internacional. El trabajador se niega alegando que el viaje internacional no forma parte de sus cometidos. La empresa considera su negativ...