Publicado el Estatuto de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación (A.A.I.)
Con entrada en vigor desde 26-7-26, se regulan las funciones de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación, A.A.I, su organización, los medios personales, económicos y patrimoniales necesarios para el ejercicio de sus competencias.
La AAI es una autoridad administrativa independiente, con personalidad jurídica pública propia, patrimonio y tesorería propios y plena autonomía e independencia funcional para el cumplimiento de sus fines.
Su finalidad consiste en la promoción y protección del derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación, tanto en el sector público como en el privado. Asimismo, ha de garantizar la prestación independiente de servicios gratuitos, especializados y accesibles de asistencia y orientación a las personas que hayan podido sufrir discriminación.
Entre sus funciones figuran:
- Prestar asistencia, orientación y apoyo a las personas que puedan haber sufrido discriminación.
- Recibir y tramitar quejas o reclamaciones por posibles actos de discriminación.
- Investigar, de oficio o a instancia de parte, posibles situaciones de discriminación especialmente graves o relevantes, debiendo, pero debe remitir los casos penales al Ministerio Fiscal.
- Instar a la Administración competente para que ejerza la potestad sancionadora cuando aprecie posibles infracciones en materia de igualdad de trato y no discriminación.
- Ejercer acciones judiciales para la defensa del derecho a la igualdad de trato y la no discriminación en los supuestos previstos por la ley.
- Emitir informes a solicitud de los órganos judiciales o del Ministerio Fiscal en procedimientos sobre igualdad de trato y no discriminación.
- Promover la prevención de la discriminación y la igualdad de trato, mediante códigos de buenas prácticas, actividades formativas y acciones de sensibilización.
- Velar por que los algoritmos utilizados por las Administraciones públicas y el sector privado minimicen los sesgos y la discriminación, evaluando su posible impacto discriminatorio conforme al Reglamento de Inteligencia Artificial.
- Formular recomendaciones dirigidas a las Administraciones públicas, empresas e interlocutores sociales en materia de igualdad de trato y no discriminación.
Real Decreto 606/2026, BOE 25-7-26