La solución para expertos en gestión de personas
Con entrada en vigor el 1-10-2026, se aprueba la prórroga de una serie de medidas sociolaborales adoptadas en el marco de la crisis derivada de los conflictos en Oriente Medio.
El RDL 25/2026 (BOE 30-9-2026) prorroga las siguientes medidas de carácter social:
1. Hasta el 31-12-2026:
a) Queda prohibido el despido para las empresas beneficiarias de ayudas directas por causa de fuerza mayor o ETOP derivadas de la situación a la que se pretende hacer frente. En caso de incumplimiento, deben reintegrar la ayuda recibida y el despido será nulo (RDL 25/2026 art.36.1).
b) Para los contratos fijos-discontinuos, las causas señalas de fuerza mayor y ETOP, no justificarán el fin del periodo de actividad ni la falta del llamamiento (RDL 25/2026 art.36.2).
c) Cooperativas: se prohíbe la reducción definitiva del número de puestos de trabajo de o la modificación de la proporción de las cualificaciones profesionales del colectivo que integra la misma por causas ETOP o por fuerza mayor (RDL 25/2026 art.36.3).
2. Reintegro de ayudas por incumplimiento de plan de movilidad: las empresas y entidades del sector público, y entidades del sector público estatal, con centros de trabajo de más de 200 personas trabajadoras o de 100 por turno, que tengan la obligación de disponer de planes de movilidad sostenible al trabajo (L 9/2025 art.26.1), y sean beneficiarias de las ayudas directas previstas en este RDL 25/2026, en caso de incumplimiento de dicha obligación, deben reintegrarlas (RDL 25/2026 art.37).