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El acoso laboral -ya sea en la empresa privada o la administración pública- vulnera el derecho a la integridad física y moral, íntimamente relacionado con el derecho a la dignidad personal, pudiendo también afectar a otros derechos fundamentales como el honor, la intimidad personal y familiar, y la propia imagen. Además, cuando se sufre como represalia por haber denunciado irregularidades de compañeros de trabajo, se vulnera la garantía de indemnidad, que protege a los trabajadores, siendo este hecho especialmente grave, pues no solo afecta a la víctima, sino también al interés general (TCo 28/2025, EDJ 512202).
El agente de la Policía Local inicia su actividad en 2010 en un Ayuntamiento tras una permuta desde otro municipio. Desde el inicio de su trabajo detecta irregularidades administrativas, como la falta de control del dinero recaudado por multas o inspecciones selectivas de locales de ocio. Tras informar de ellas al jefe de la Policía Local y viendo que no se toman medidas, en 2013 presenta una denuncia judicial junto con otros dos compañeros. Como resultado fueron imputados un inspector del cuerpo y dos agentes del departamento de gestión.
A partir de la denuncia comienza a sufrir una serie de conductas hostiles y de hostigamiento laboral que se prolongan hasta su traslado a otro municipio en 2016. Se destacan, entre otras: modificación de la jornada laboral sin previo aviso, denegación de vacaciones y días de asuntos propios, imposición de turnos sin respetar los periodos de descanso, publicación de datos privados e insultos en tablones de anuncios públicos, denegación de ayudas escolares y de la paga extraordinaria, desaparición documentos de su taquilla, denegación de solicitudes de traslado y permuta a pesar de la existencia de informes médicos recomendando el cambio por motivos de salud, etc. Tales conductas de acoso tuvieron un impacto en su salud física y mental, derivando en un diagnóstico de trastorno adaptativo con síntomas mixtos de ansiedad y depresión.
El caso llega al TCo, que debe resolver el recurso de amparo presentado por el agente de policía basado en la vulneración de su derecho a la integridad física y moral, en relación con los derechos a la dignidad personal y a la tutela judicial efectiva.
El TCo recuerda que el acoso laboral se define como conductas reiteradas y deliberadas que crean un entorno hostil, degradante y humillante para la víctima, con el propósito o efecto de menoscabar su dignidad e integridad. El acoso laboral ha de analizarse desde una perspectiva global, considerando tanto las conductas individuales como su impacto acumulativo en la víctima.
Tales conductas pueden vulnerar el derecho a la integridad física y moral, íntimamente relacionado con el derecho a la dignidad personal, y también pueden afectar a derechos fundamentales como el honor, la intimidad personal y familiar, y la propia imagen. Además, en casos de represalias, pueden vulnerar el derecho a la tutela judicial efectiva, desde la perspectiva del derecho a la indemnidad.
Por otra parte, el acoso laboral está tipificado como un delito contra la integridad moral en el Código Penal. Además, la normativa de prevención de riesgos laborales impone al empleador la obligación de prevenir, investigar y sancionar estas conductas.
En el caso en cuestión, concluye que el agente fue víctima de acoso laboral, lo que vulneró su derecho a la integridad física y moral, puesto que las conductas que sufrió fueron reiteradas y sistemáticas; generaron un grave impacto en su salud física y mental; y tuvieron un carácter vejatorio, como lo demuestran los insultos que recibió y la publicación de datos privados.
También estima que la víctima ha aportado pruebas suficientes, mediante testimonios, informes médicos, coincidencia temporal entre las conductas de acoso y la denuncia de irregularidades, y antecedentes de condenas al Ayuntamiento por acoso laboral en la Policía Local. Sin embargo, el ayuntamiento empleador no solo no logra justificar sus actuaciones ni desvirtuar los indicios de acoso, sino que, además, incumplió su obligación de protección, al no activar protocolos de prevención ni investigar las denuncias de acoso, y participó activamente en algunas de las conductas de hostigamiento, como en la denegación de traslados.
Asimismo, destaca que el acoso sufrido fue una represalia por haber denunciado irregularidades administrativas en su lugar de trabajo. Esta situación vulnera la garantía de indemnidad, que protege a los trabajadores frente a represalias por ejercer su derecho a la tutela judicial efectiva, y es especialmente grave ya que no solo afecta a la víctima, sino también al interés general.