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La O PCM/1047/2022, en vigor desde el 4-11-2022, aprueba y publica el procedimiento de valoración de los puestos de trabajo previsto en el RD 902/2020 de igualdad retributiva entre mujeres y hombres. Además, declara que la valoración efectuada utilizando la herramienta informática publicada en las páginas web del MTES y del Ministerio de Igualdad cumple con los requisitos formales exigidos.
El diagnóstico de la situación retributiva en la empresa requiere la evaluación de los puestos de trabajo. Además, en el caso de empresas que llevan a cabo auditorías retributivas, el registro salarial debe reflejar, además, las medias aritméticas y las medianas de las agrupaciones de los trabajos de igual valor en la empresa, conforme a los resultados de la valoración de puestos de trabajo.
La implementación de este procedimiento de valoración de los puestos de trabajo tiene carácter voluntario y se realiza a cabo a través de la herramienta elaborada al efecto para evaluar la contribución de cada puesto de trabajo al conjunto de la organización.
Con el objeto de facilitar el cumplimiento de las obligaciones legales para las que resulta necesario realizar una valoración de los puestos de trabajo, el MTES y del Ministerio de Igualdad publicaron una herramienta informática. Esta herramienta incorpora un modelo voluntario de procedimiento de valoración de puestos de trabajo, que posibilita que cada empresa pueda evaluar de forma efectiva el valor que realmente aporta cada puesto de trabajo al conjunto de la organización. La O PCM/1047/2022 establece que dicha herramienta cumple con los requisitos formales exigidos.
O PCM/1047/2022, BOE 3-11-2022