La solución para expertos en gestión de personas
Desde el 1-1-2024 y hasta la aprobación de la LPGE 2024, en materia de cotización se establece lo siguiente:
1. Las bases mínimas de cotización se incrementan de forma automática en el mismo porcentaje que lo haga el SMI incrementado en un sexto.
2. Las bases máximas de cada categoría profesional y el tope máximo de las bases de cotización se fijan aplicando el porcentaje previsto para la revalorización de pensiones sumándole un 1.2%, de acuerdo con la LGSS disp.tran.38ª.
3. La cotización correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), es de 0,70%, distribuido en el 0,58 % a cargo de la empresa y el 0,12% a cargo del trabajador.
4. La cotización por la realización de prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación se ajusta a las siguientes reglas:
Además, se prevé que a estas prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación (LGSS disp.adic.52ª) iniciadas y no concluidas antes del 1-1-2024, les resulta de aplicación la inclusión en el sistema de Seguridad Social únicamente desde dicha fecha. Asimismo, se establece un plazo excepcional hasta el 31-3-2024 para comunicar a la TGSS las altas y las bajas correspondientes al inicio o finalización de las prácticas formativas no remuneradas que tengan lugar en el período comprendido entre el 1-1-2024 y el 20-3-2024.