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30/12/2024
Despido por causas ETOP: ¿la prioridad de permanencia de la RLT depende de la causa concreta de extinción?

La prioridad de permanencia de los representantes legales de los trabajadores se proyecta no solo sobre las causas económicas y técnicas, sino también sobre las productivas y organizativas. Además, esta prioridad se extiende a todo el ámbito de afectación de la causa extintiva, por lo que, llegado el caso, hay que reubicar al representante en otra unidad o dependencia distinta a la que estaba (TS 13-11-24, EDJ 734960).

Una fundación despide por causas objetivas de índole productiva a dos trabajadores, uno de ellos presidente del comité de empresa. La empleadora argumenta que, debido a la no renovación del contrato con una subcontrata, las tareas de los trabajadores quedaron vacías de contenido, y no existían otros servicios análogos que permitieran su reubicación.

El TS unifica la doctrina en relación con la prioridad de permanencia de los representantes de los trabajadores. Esta sentencia corrige la interpretación previa que limitaba dicha prioridad solo a causas tecnológicas y económicas, reafirmando su aplicación también a causas organizativas y de producción.

La normativa vigente establece expresamente que los representantes de los trabajadores tienen prioridad de permanencia en la empresa en caso de despido por cualquiera de las causas mencionadas, no limitándose solo a las causas tecnológicas o económicas (ET art.51.1 y 52.c). Por tanto, la prioridad de permanencia se aplica a todas las causas de despido, y no puede prevalecer la redacción más restrictiva del ET art.68.b, que hace alusión a los supuestos de extinción (o suspensión) por causas tecnológicas o económicas.

Además, la prioridad de permanencia del representante de los trabajadores se extiende a todo el ámbito al que se extiende la representación del representante, sin que se circunscriba al ámbito de afectación de la causa extintiva, lo que puede suponer, llegado el caso, que haya que reubicar al representante en otra unidad o dependencia distinta a la que estaba.