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22/02/2021
¿Es válida una dimisión presentada tras la amenaza empresarial de adoptar acciones legales?

El TS considera que no hay coacciones por poner en conocimiento del trabajador la existencia de hechos graves que pueden tener consecuencias laborales y penales, dándole la oportunidad de optar por el cese para evitarlas (TS unif. doctrina 20-1-21, EDJ 502898).

Dos trabajadores de un supermercado consumen dentro de su jornada laboral un refresco y una bolsa de patatas del establecimiento, sabiendo que estas conductas contravienen las normas de la empresa. Al final de la jornada la empleadora les comunica su intención de despedirles y, eventualmente, emprender acciones penales, puesto que se habían detectado llamativas pérdidas de existencias. Para evitarlo, les invita a firmar la baja voluntaria. Transcurridos 15 minutos desde dicha firma, uno de ellos regresa a tienda retractándose de su decisión, lo que no es admitido por la empresa.

El TS afirma que cuando la empresa anuncia el posible ejercicio correcto y no abusivo de un derecho, como es un posible despido disciplinario y la interposición de denuncia o querella, no significa que esté amenazando o intimidando al trabajador.

Respecto de la valoración de la retractación de la dimisión, considera que una vez comunicada no es susceptible una retractación posterior. Como excepción, se acepta solo en caso de preaviso -no de dimisión inmediata-, siempre que la relación jurídica siga existiendo y no exista un perjuicio sustancial a terceros.