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06/11/2023
Plazo para extinguir los contratos por incapacidad permanente del empresario y cierre de empresa

El TS resuelve, en unificación de doctrina, que es procedente la extinción del contrato de trabajo por incapacidad permanente del empresario, aunque hayan transcurrido más de 10 meses entre la declaración de IPA y el cierre de la empresa. Este plazo se considera razonable para facilitar la transmisión o, en su caso, la liquidación y el cierre del negocio. No impide esta consideración que durante un lapso de tiempo la empresaria haya delegado en una trabajadora sus funciones para buscar soluciones y mantener los puestos de trabajo (TS unif.doctrina...