La solución para expertos en gestión de personas
El Convenio, con entrada en vigor prevista para el 11-6-2025, establece las medidas de prevención y protección que deberá garantizar la legislación nacional en relación con los lugares, instrumentos y condiciones de trabajo dentro de sus respectivos ámbitos de aplicación.
Se aplica a todas las actividades de construcción, es decir, los trabajos de edificación, las obras públicas y los trabajos de montaje y desmontaje, incluidos cualquier proceso, operación o transporte en las obras, desde la preparación de las obras hasta la conclusión del proyecto.
También se aplica a los trabajadores por cuenta propia que pueda designar la legislación nacional.
Previa consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores interesadas, se puede excluir de la aplicación del Convenio o de algunas de sus disposiciones determinadas ramas de actividad económica o empresas respecto de las cuales se planteen problemas especiales que revistan cierta importancia, a condición de garantizar en ellas un medio ambiente de trabajo seguro y salubre.