portal experto RRHH

La solución para expertos en gestión de personas

novedades

29/11/2023
1 de diciembre: fin del plazo para implantar el canal de denuncias interno

Finaliza el plazo excepcional para que las empresas privadas que tengan entre 50 y 249 trabajadores implanten el canal o sistema interno de información (L 2/2023).

Este canal tiene como objetivo constituir el medio a través del cual los trabajadores puedan informar, incluso de manera anónima, sobre acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción del derecho de la UE o de infracción penal o administrativa grave o muy grave del ordenamiento español.

La normativa establece un régimen de infracciones que se clasifican en leves, graves y muy graves. Entre estas infracciones se incluye también el hecho de comunicar o revelar públicamente información a sabiendas de su falsedad. Las multas van desde los 1.000 € hasta los 300.000€ en caso de ser cometidas por personas físicas o hasta 1.000.000 € si se cometen por personas jurídicas. Adicionalmente, en caso de infracciones muy graves se puede acordar una amonestación pública, la prohibición de obtener subvenciones u otros beneficios fiscales durante un plazo máximo de 4 años o la prohibición de contratar con el sector público durante un plazo máximo de 3 años. Además, las sanciones de cuantía igual o superior a 600.001 € pueden ser publicadas en el BOE.

Hay que tener en cuenta que las empresas están obligadas, también, a instaurar procedimientos específicos en otros ámbitos, por ejemplo:

  1. Prevención del acoso sexual y por razón de sexo. Las empresas a arbitrar procedimientos específicos para la prevención del acoso sexual y por razón de sexo y proporcionar un adecuado cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo.
  2. Prevención de delitos en la empresa. Es obligatorio informar al organismo encargado de vigilar el funcionamiento y la observancia del modelo de prevención de los posibles riesgos e incumplimientos.
  3. Prevención del blanqueo de capitales. Los sujetos obligados deben establecer procedimientos internos para que sus empleados, directivos o agentes puedan comunicar, incluso anónimamente, información relevante sobre posibles incumplimientos en esta materia.