La solución para expertos en gestión de personas
La actividad formativa vinculada al contrato de formación en alternancia, cuando sea desarrollada en el ámbito de la empresa, da derecho a bonificaciones en las cuotas empresariales de la Seguridad Social para la financiación de los costes de la formación recibida por la persona trabajadora contratada (RD 1065/2025 art.19.1; RDL 1/2023 art.26.1).
Estos costes financiables se calculan de acuerdo con los módulos económicos fijados por participante y hora de formación, módulos que, a partir del 1-6-2026, quedan fijados en los siguientes importes:
Los contratos de formación en alternancia que tengan derecho a bonificación pueden aplicar estos importes desde el 1-6-2026.