La solución para expertos en gestión de personas
El TS reitera que no es obligatorio reflejar la cuantía de la indemnización en la carta de despido objetivo por causas económicas cuando, como consecuencia de la propia situación económica, la empresa indica que no puede poner la indemnización a disposición del trabajador en ese mismo momento (TS unif. dotrina 9-3-22, EDJ 544297).
El TS distingue entre la obligación de expresar la causa de la extinción en la carta de despido y la exigencia de poner a disposición del trabajador, de forma simultánea a la entrega de dicha comunicaci...