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01/07/2025
¿Es accidente de trabajo el infarto en el vestuario de un empleado al llegar al trabajo?

El infarto de un trabajador en el vestuario al llegar al trabajo, cuando ya ha realizado funciones laborales como arrancar el camión y cargar las cámaras de visionado en el mismo, es accidente de trabajo (TS 7-5-25, EDJ 574493).

El peón especializado de una empresa dedicada a la realización de labores de limpieza y desatascos con camión-cuba trabaja en horario de 7.00 h a 18.30 h. Un día se siente indispuesto al llegar a su puesto de trabajo a las 7.00 h, mientras se está cambiando de ropa en el vestuario. Los servicios médicos le diagnostican un infarto agudo de miocardio y le trasladan al hospital. Tras permanecer casi un año en situación de IT e iniciar expediente de IP, el INSS reconoce el carácter de accidente de trabajo de la IT.

La cuestión consiste en determinar si el infarto sufrido por un trabajador en los vestuarios de la empresa debe calificarse como contingencia profesional (accidente de trabajo) o común, siendo el núcleo de esta el requisito del tiempo de trabajo para que opere la presunción de laboralidad (LGSS art.156.3).

El TS desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina, y entiende que no hay contradicción entre la sentencia alegada por la mutua y la sentencia recurrida.

En la sentencia de contradicción, el trabajador sufre un infarto agudo de miocardio en su lugar de trabajo, pero no en tiempo de trabajo, mientras se cambiaba de ropa en los vestuarios antes del inicio de la jornada laboral. El trabajador no ha iniciado la jornada laboral ni ha desempeñado función laboral alguna cuando sufre el infarto, sino que se encuentra atándose los zapatos antes del iniciar su actividad (TS 20-12-05, EDJ 250645).

Por el contrario, en la sentencia recurrida aparece un hecho diferencial: la jornada ya se ha iniciado. Tanto la redacción de la sentencia del JS, como la del TSJ, asume la alegación del trabajador de que, previamente al cambio de ropa en el vestuario, ya ha realizado funciones laborales (arrancar el camión y cargar las cámaras de visionado en el mismo). Y, aunque tal redacción no es clara, es un hecho básico para la resolución de la litis, cuya revisión, además, no ha sido alegada por la mutua recurrente.